domingo, 2 de marzo de 2014

Detalles sobre el proceso inquisitorial contra un daimieleño en 1807

Detalles del proceso contra el fraile carmelita daimieleño fray Alberto de San José en el año 1807 por sospechas sobre la confesión.

Se trata de un proceso de la Inquisición por sospechas de haber pedido el acusado a un penitente en el sacramento de la confesión el nombre del cómplice de un pecado confesado, lo cual había sido prohibido en cuatro breves sobre el particular por el Papa Benedicto XIV.
El acusado era un fraile carmelita natural de Daimiel, de entre 38 y 40 años, pero los hechos no tuvieron lugar en el convento de aquí sino en el del Desierto del Cambrón, situado en la serranía de Cuenca.
Los hechos investigados fueron los siguientes:
Cierto religioso solicitó en su celda a un novicio, le provocó y ejecutó en su persona ciertos tocamientos lascivos de los que se siguió polución (eyaculación).
El novicio llegado tiempo de confesarse de esta culpa, lo hizo, por serle menos vergonzoso, con con el mismo confesor ejecutor. Pero aquejado de escrúpulo de conciencia decidió volver a confesarse con el acusado, fray Alberto de San José. Este le pidió en la confesión que declarara el estado del cómplice. Y el penitente, sin que el confesor se lo pidiera, declaró el nombre del cómplice. El confesor, fray Alberto de San José, le suspendió la absolución hasta que cumpliese con la obligación de denunciar al cómplice ante la Inquisición por delito de solicitación, y por esto no comulgó el novicio en la comunión general de aquel día.
Después, habiendo reflexionado sobre el caso, y mejor informado por el mismo penitente, vino en conocimiento de no haber habido culpa de solicitación en confesión, que es lo que había pedido que fuera denunciado al Santo Oficio, por no haber sido la solicitación "ad turpiam", dice el proceso, en el acto de la confesión, ni después ni inmediatamente antes, sino mucho antes, por ciertas pasiones; por lo cual le absolvió después sin necesidad de hacer la denuncia.
Con este motivo y a instancia y petición del referido novicio penitente, fray Alberto de San José, que era Prior del convento, para evitar peligros y ocasiones, de manera general y sin distinción de personas, prohibió que ninguno fuera a la cocina, donde más frecuentemente era provocado "ad deshonesta" el citado novicio, que ejercía de cocinero.
Resentido de semejante providencia, el cómplice provocante concibió y ejecutó el proyecto de hacer la declaración al Santo Oficio.
El proceso quedo suspenso al haberse comprobado que el acusado daimieleño, fray Alberto de San José, en ningún momento había pedido al penitente que confesara el nombre del cómplice, sino que sólo había pedido que lo denunciara a la Inquisición al creer que la solicitación de relaciones sexuales había tenido lugar durante la confesión.
Este caso no tiene mucho interés ideológico, pero se puede prestar a hacer alguna consideración sobre lo que significaba la represión de la sexualidad en la sociedad tradicional y cómo este mecanismo de control social ha sido sustituido por otros, por ejemplo por el de lo que Herbert Marcuse ha llamado la "desublimación represiva".
También se podrían hacer con motivo de este caso algunas consideraciones sobre lo que el filósofo francés del siglo XX Michel Foucault dice en su "Historia de la sexualidad" sobre la importancia que la sexualidad ha tenido en la cultura occidental como fuente de la verdad personal, primero por obra de la confesión sacramental y luego por obra del psicoanálisis.